El Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, entidades autárquicas, entes reguladores y residuales, organismos de fiscalizaciún y asesoramiento y todos aquellos organismos públicos cualquiera sea su naturaleza jurídica. Las entidades no comprendidas, sin embargo, pueden voluntariamente aplicar el Sistema y participar de su operatoria. |
Se hallan comprendidos los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, consultoría, locaciones con opción a compra, permutas, concesiones de uso de los bienes de dominio público y privado del Estado Provincial; obras públicas, concesiones de obras públicas, concesiones de servicios públicos y licencia. Están excluidos, en cambio, los contratos de empleo público, convenios de colaboraciún entre la Administración y particulares, acuerdos entre entidades estatales internacionales, nacionales, provinciales, municipales, entidades de derecho público institucional e instituciones multilaterales de crédito y locaciones de Servicios prestados a título personal y/o intelectual. |